El objetivo del presente blog es compartir información, conocimientos, saberes populares e inquietudes acerca de la gestión comunitaria.
miércoles, 23 de octubre de 2013
jueves, 17 de octubre de 2013
FUNCIONES DE LAS VOCERIAS DEL CONSEJO COMUNAL
FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS
La Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de deliberación y decisión para
el ejercicio del poder comunitario, la participación y el protagonismo popular,
sus decisiones son de carácter vinculante para el Consejo Comunal en el marco
de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
Entre sus
funciones se encuentran.
La Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas tiene las siguientes funciones:
1. Aprobar el ámbito geográfico del
consejo comunal.
2. Aprobar la creación de comités de
trabajo u otras formas de organización comunitaria, con carácter permanente o
temporal.
3. Elegir y revocar a los voceros y
voceras del consejo comunal a través de un proceso de elección popular
comunitaria, conforme a lo que establezca la presente Ley.
4. Elegir y revocar los integrantes
de la comisión electoral.
5. Aprobar el plan comunitario de
desarrollo integral y demás planes, de acuerdo a los aspectos esenciales de la
vida comunitaria, a los fines de contribuir a la transformación integral de la
comunidad
6. Garantizar el funcionamiento del ciclo
comunal.
7. Aprobar los proyectos
comunitarios, de comunicación alternativa, educación, salud, cultura,
recreación, actividad física y deporte, socioproductivos, de vivienda y
hábitat, de infraestructura, de funcionamiento, entre otros, y la creación de
organizaciones socioproductivas a ser propuestos ante distintos órganos y entes
del Poder Público o instituciones privadas.
8. Evaluar la gestión de cada una de
las unidades que conforman el consejo comunal.
9. Aprobar las normas de convivencia
de la comunidad, sin menoscabo de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico
vigente.
10. Designar a los voceros o voceras del
consejo comunal para las distintas instancias de participación popular y de
gestión de políticas públicas.
11.Aprobar la solicitud de
transferencia de servicios.
12.Designar a los y las miembros de la
comisión de contratación, conforme a la ley que regula materia.
13.Aprobar el acta constitutiva y
estatutos del consejo comunal.
14.Las demás establecidas en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
COLECTIVO DE COORDINACIÓN COMUNITARIA
FUNCIONES DEL COLECTIVO DE COORDINACIÓN COMUNITARIA
El Colectivo de
Coordinación Comunitaria es la instancia de articulación, trabajo conjunto y
funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva,
Unidad Administrativa y Finaniera Comunitaria y Unidad de Contraloría Social
del Consejo Comunal.
Entre sus
funciones se encuentran.
El Colectivo de
Coordinación Comunitaria como expresión de articulación de las unidades del
Consejo Comunal, tendrá las siguientes funciones:
1. Realizar seguimiento de las
decisiones aprobadas en la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
2. Coordinar la elaboración,
ejecución y evaluación del Plan Comunitario de Desarrollo Integral articulado
con los planes de desarrollo municipal y estadal de conformidad con las líneas
generales del Proyecto Nacional Simón Bolívar.
3. Conocer, previa ejecución, la
gestión de la Unidad Financiera del Consejo Comunal.
4. Presentar propuestas aprobadas por
la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para la formulación de políticas
públicas.
5. Garantizar información permanente
y oportuna sobre las actuaciones de las unidades del Consejo Comunal a la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
6. Convocar para los asuntos de
interés común a las demás unidades del Consejo Comunal.
7. Coordinar la aplicación del ciclo
comunal para la elaboración del plan comunitario de desarrollo integral.
8. Coordinar con la Milicia
Bolivariana lo referente a la defensa integral de la Nación.
9. Coordinar acciones estratégicas
que impulsen el modelo socioproductivo comunitario y redes socioproductivas
vinculadas al plan comunitario de desarrollo integral.
10.Promover la formación y
capacitación comunitaria en los voceros o voceras del consejo comunal y en la
comunidad en general.
11.Elaborar propuesta de informe
sobre la solicitud de transferencia de servicios y presentarlo ante la Asamblea
de Ciudadanos y Ciudadanas.
12.Coordinar acciones con los
distintos comités que integran la Unidad Ejecutiva en sus relaciones con los
órganos y entes de la Administración Pública para el cumplimiento de sus fines.
13.Elaborar los estatutos del consejo
comunal.
14.Las demás que establezca la Ley
Orgánica de los Consejos Comunales, los estatutos del Consejo Comunal y las que
sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA COMUNITARIA
FUNCIONES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
COMUNITARIA
Es una Unidad subordinada al Consejo Comunal y a la Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas, está integrada por Cinco Voceros principales y Cinco
Voceros suplentes.
Entre sus
funciones se encuentran.
Son funciones de la Unidad
Administrativa y Financiera Comunitaria:
1. Ejecutar las decisiones de la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el área de su competencia.
2. Elaborar los registros contables con
los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados.
3. Presentar trimestralmente el informe
de gestión y la rendición de cuenta pública cuando le sea requerido por la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinación
comunitaria o por cualquier otro órgano o ente del Poder Público que le haya
otorgado recursos.
4. Prestar servicios financieros y no
financieros en el área de su competencia.
5. Realizar la intermediación
financiera comunitaria, privilegiando el interés social sobre la acumulación de
capital.
6. Apoyar las políticas de fomento,
desarrollo y fortalecimiento de la economía social, popular y alternativa.
7. Proponer formas alternativas de
intercambio de bienes y servicios para lograr la satisfacción de las
necesidades y fortalecimiento de la economía local.
8. Promover el ahorro familiar.
9. Facilitar herramientas que permitan el
proceso de evaluación y análisis de los créditos de las organizaciones
socioproductivas previstas en el Decreto Nº 6.129 con Rango, Valor y Fuerza de
Ley para el Fomento y Desarrollo de la
Economía Popular.
10.Consignar ante la Unidad Contraloría
Social del consejo comunal, el comprobante de la declaración jurada de
patrimonio de los voceros y voceras de la Unidad Administrativa y Financiera
Comunitaria al inicio y cese de sus funciones.
11.Administrar los fondos del consejo
comunal con la consideración del colectivo de coordinación comunitaria y la
aprobación de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
12.Elaborar y presentar el proyecto
anual de gastos de los fondos del consejo comunal.
13.Presentar y gestionar ante el
colectivo de coordinación comunitaria el financiamiento de los proyectos
aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
14.Las demás que establezca la Ley
Orgánica de los Consejos Comunales, los estatutos del Consejo Comunal y las que
sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Responsabilidades
Los voceros o voceras de la Unidad
Administrativa y Financiera incurrirán en responsabilidad civil, penal y
administrativa, según sea el caso, por los actos, hechos u omisiones que
alteren el destino de los recursos del consejo comunal, por lo cual serán
sancionados conforme a las leyes que regulen la materia.
UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL
Artículo
33. La Unidad de Contraloría Social es la instancia del consejo comunal para
realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las
actividades, recursos y administración de los fondos del consejo comunal.
Estará
integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas, a través de
un proceso de elección popular.
Esta
unidad realizará sus funciones sin menoscabo del control social que ejerza la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y otras organizaciones comunitarias, de
conformidad con el ordenamiento jurídico.
Funciones
de la Unidad de Contraloría Social
Artículo
34. Son funciones de la Unidad de Contraloría Social:
1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas que
correspondan a sus funciones.
2. Ejercer seguimiento, vigilancia, supervisión y control de la ejecución de los planes, proyectos comunitarios y socioproductivos, organizaciones socioproductivas, fases del ciclo comunal y gasto anual generado con los fondos y los recursos financieros y no financieros asignados por órganos y entes del Poder Público o instituciones privadas al consejo comunal.
3. Rendir anualmente cuenta pública de sus actuaciones.
4. Presentar informes de sus actuaciones cuando les sean solicitados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinación comunitaria o cuando lo considere pertinente.
5. Cooperar con los órganos y entes del Poder Público en la función de control, conforme a la legislación y demás instrumentos normativos vigentes.
6. Conocer y procesar los planteamientos presentados por los ciudadanos y
ciudadanas con relación a la gestión de las unidades del consejo comunal e informar de manera oportuna a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
7. Remitir ante el ministerio del poder popular con competencia en participación ciudadana, las declaraciones juradas de patrimonio de los voceros y voceras de la unidad de gestión financiera comunitaria del consejo comunal.
8. Las demás que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la asamblea de ciudadanas y ciudadanos.
1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas que
correspondan a sus funciones.
2. Ejercer seguimiento, vigilancia, supervisión y control de la ejecución de los planes, proyectos comunitarios y socioproductivos, organizaciones socioproductivas, fases del ciclo comunal y gasto anual generado con los fondos y los recursos financieros y no financieros asignados por órganos y entes del Poder Público o instituciones privadas al consejo comunal.
3. Rendir anualmente cuenta pública de sus actuaciones.
4. Presentar informes de sus actuaciones cuando les sean solicitados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinación comunitaria o cuando lo considere pertinente.
5. Cooperar con los órganos y entes del Poder Público en la función de control, conforme a la legislación y demás instrumentos normativos vigentes.
6. Conocer y procesar los planteamientos presentados por los ciudadanos y
ciudadanas con relación a la gestión de las unidades del consejo comunal e informar de manera oportuna a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
7. Remitir ante el ministerio del poder popular con competencia en participación ciudadana, las declaraciones juradas de patrimonio de los voceros y voceras de la unidad de gestión financiera comunitaria del consejo comunal.
8. Las demás que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la asamblea de ciudadanas y ciudadanos.
UNIDAD EJECUTIVA (COMITÉ DE TRABAJO)
Funciones de la Unidad Ejecutiva
Es una Unidad
subordinada al Consejo Comunal y a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, cada
Comité de trabajo,está integrado por un Vocero principal y un Vocero suplente.
Entre sus
funciones se encuentran.
La Unidad Ejecutiva del Consejo
Comunal tendrá las siguientes
funciones:
1. Ejecutar las decisiones de la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el área de su competencia.
2. Crear y organizar el sistema de
información comunitario interno.
3. Coordinar y articular todo lo
referido a la organización, funcionamiento y ejecución de los planes de trabajo
de los comités y su relación con la Unidad de Contraloría Social, la Unidad
Administrativa y Financiera Comunitaria y las demás organizaciones sociales de
la comunidad.
4. Promover la creación de nuevas
organizaciones con la aprobación de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en
defensa del interés colectivo y el desarrollo integral de la comunidad.
5. Organizar el voluntariado social como
escuela generadora de conciencia y activadora del deber social en cada comité
de trabajo.
6. Promover la participación de los
comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria en la elaboración
y ejecución de políticas públicas, mediante la presentación de propuestas a los
órganos y entes del Poder Público.
7. Promover, participar y contribuir,
conjuntamente con la Milicia Bolivariana, en la seguridad y defensa integral de
la Nación.
8. Coadyuvar con los órganos y entes
del Poder Público en el levantamiento de información relacionada con la
comunidad, conforme al ordenamiento jurídico vigente.
9. Impulsar y promover la formulación
de proyectos comunitarios que busquen satisfacer las necesidades, aspiraciones
y potencialidades de la comunidad.
10.Conocer las solicitudes y emitir las
constancias de residencias de los habitantes de la comunidad, a los efectos de
las actividades inherentes del consejo comunal, sin menoscabo del ordenamiento
jurídico vigente.
11.Las demás que establezca la Ley
Orgánica de los Consejos Comunales, los estatutos del consejo comunal y las que
sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Está
conformado por los diversos comités que se aprueben en la comunidad, entre
ellos están:
1. COMITÉ DE SALUD.
·
Garantizar
salud y calidad de vida para todos y todas
·
Lograr
una atención especial para la población en pobreza extrema (niños, niñas y adolescentes,
mujeres, personas adultas mayores y discapacitadas);
·
Coordinar
con las instituciones públicas y la comunidad los Operativos de Riesgo de
Enfermedades, Vacunación, Abatización, etc.
·
Enlace
con la Misión Barrio Adentro, Vuelvan Caras, Programas de la 3era edad,
Defensores de los Derechos del niño, niña y adolescente, Programas de
Protección a la Familia.
·
Capacitación
a la comunidad en materia de Desarrollo Social, programas de prevención para el
embarazo precoz
·
Fomentar
la Base de Dato Comunitario.
·
Incentivar
la promoción, prevención y fomento de la salud.
·
Divulgar
los Servicios prestados por las instituciones públicas de salud comunitaria:
Módulos, ambulatorios, medicaturas, CDI, NAP.
·
Implementar
los operativos de Misión Barrio Adentro, en donde la comunidad carezca de estas
instituciones.
·
Identificar,
señalar y controlar los riesgos para la salud. Tales como: Disposición de aguas
negra, drenajes, recolección de desechos sólidos.
·
Normatizar
los negocios privados y públicos que puedan afectar la salud física y mental de
la población. Tales como: Expendidos ambulantes de alimentos, venta de CD,
centros de informática y navegación por Internet, etc.
2. COMITÉ DE EDUCACIÓN.
·
Garantizar,
a nivel de la comunidad, la educación integral de calidad para todos y todas en
los diferentes niveles, etapas y modalidades del sistema educativo.
·
Supervisar
e incorporar los programas educativos como: Misión Robinson I y II, Ribas,
Sucre al desarrollo integral de la comunidad.
·
Promover
proyectos y propuestas en la comunidad en materia de formación ciudadana.
·
Informar
a nivel escolar y comunal sobre las causas más frecuentes de enfermedades
locales, producto de riesgos biológicos, físicos y químicos.
·
Promover
la Educación para la Salud, con el fin de preservar la salud física y mental
de la comunidad.
3. COMITÉ DE TIERRA URBANA O RURAL.
·
Promover la adopción de decisiones por parte de la
comunidad y mantenerla informada permanentemente.
·
Crear comisiones auxiliares que faciliten la
ejecución eficaz y eficiente de su misión.
·
Ejecutar las decisiones de la comunidad en materia
de la regularización de tierras urbanas.
·
Proponer las poligonales urbanas de los
asentamientos urbanos populares.
·
Elaborar con la participación de la comunidad la
Carta del Barrio
·
Elaborar el registro inicial de parcelas y usos del
asentamiento urbano popular.
·
Elaborar el registro inicial de propietarios y
poseedores de viviendas, edificaciones y bienhechurías en la comunidad en
coordinación con los organismos competentes.
·
Certificar la información recaudada y analizada
sobre la situación de la propiedad y tenencia de las parcelas de la poligonal
respectiva.
·
Elaborar el plan de ordenación urbana básica de la
comunidad, en coordinación con los organismos respectivos.
·
Coordinar con la Oficina Técnica Nacional para la
Regularización de la tenencia de la Tierra y demás organismos competentes las
acciones conducentes a la regularización de la tenencia de la tierra.
·
Proponer las áreas de usos reservados no
modificables en el ordenamiento natural básico a ser suscrito por la comunidad.
·
Planificar y ejecutar planes y proyectos de
transformación integral del hábitat en coordinación con los organismos
correspondientes.
·
Participar conjuntamente con otras formas
asociativas de la comunidad, en la planificación y ejecución de planes y
proyectos de transformación física de su asentamiento, de manera.
autogestionaria o cogestionaria, según lo establecido en la Ley del Régimen
Prestacional de Vivienda y Hábitat.
·
Cumplir funciones de Contraloría Social en
coordinación con otras organizaciones de base con respecto a las políticas
públicas relacionadas con los asentamientos urbanos populares.
·
Incentivar la participación protagónica de los y
las integrantes de los CTU y en la actividad que realice el Consejo Comunal.
INSTITUCIONES
GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE TIERRA URBANA:
Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Ministerio del Poder Popular para la Participación y Desarrollo Social
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Ministerio del Poder Popular para la Participación y Desarrollo Social
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Ministerio del Poder
Popular Para la Vivienda y Hábitat. Procuraduría General de la República
y la Corte Suprema de Justicia.
Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional, Ministerio del Poder Popular para la Finanza, Cartografía Nacional, Fogade, Alcaldías
Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional, Ministerio del Poder Popular para la Finanza, Cartografía Nacional, Fogade, Alcaldías
4. COMITÉ DE VIVIENDA Y HÁBITAT.
·
Garantizar
vivienda y hábitat integral apropiado.
·
Democratizar
la propiedad de la tierra.
·
Lograr el
equipamiento social e incorporación de programas de rehabilitación de viviendas
y sustituciones de ranchos por viviendas dignas.
·
Mejorar
los servicios públicos.
·
Promover
el Diagnóstico Participativo en el área catastral, de inmuebles y terrenos que
permitan el desarrollo de proyectos y planes comunitarios de viviendas,
sociales y productivos.
·
Tramitar
en conjunto con los vecinos los requisitos para la elaboración de expedientes
en materia de vivienda y hábitat.
·
Presentar
acuerdos para potenciar, a las pequeñas empresas cooperativas (Bloquera,
Herrería, Carpintería, arenera) de la comunidad que permitan desarrollar
proyectos de viviendas con los recursos humanos y materiales de la comunidad.
·
Coordinar
con los organismos competentes la realización de estudios de suelos, riesgos y
permisología necesaria para la implementación de proyectos de viviendas que
ejecuten los gobiernos local, regional y nacional.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE
VIVIENDA Y HABITAT
Ministerio del Poder Popular para LA Vivienda y Hábitat.
(INAVI, CONAVI, BANAP, FONDUR, FUNDABARRIOS, SAVIR,).
Misión Villanueva.
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
(FUNDACOMUNAL, INCES, FONDEMI, FUDACION CHE GUEVARA).
Ministerio del Poder Popular para el Despacho de la Presidencia.
Ministerio del Poder Popular para LA Vivienda y Hábitat.
(INAVI, CONAVI, BANAP, FONDUR, FUNDABARRIOS, SAVIR,).
Misión Villanueva.
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
(FUNDACOMUNAL, INCES, FONDEMI, FUDACION CHE GUEVARA).
Ministerio del Poder Popular para el Despacho de la Presidencia.
5. COMITÉ DE ECONOMÍA POPULAR.
·
Estimular
y promover el desarrollo endógeno.
·
Diversificar
la producción de bienes y servicios.
·
Generar
empleo productivo en nuestra comunidad.
·
Garantizar
la soberanía alimentaría.
·
Fortalecer
la economía social (cooperativas, microempresas, cajas de ahorro, empresas
comunitarias).
·
Promover
incentivos para la localización de actividades productivas y población en zonas
especiales de desarrollo, a nivel de la comunidad.
·
Crear un sistema de economía comunal sobre las base del
socialismo.
Promover el conocimiento y estudio de la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.
Promover el conocimiento y estudio de la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.
·
Articular y participar, conjuntamente con los demás comités y
formas organizativas existentes dentro de la comunidad, en la planificación y
elaboración de planes, programas y proyectos socio-productivos, ART: 46 LOCC.
·
Incentivar el intercambio de recursos no financieros entre las
comunidades tales como jornadas de trueque comunitario.
·
Debe coordinar y articular con otros comités de economía,
Consejos Comunales y Comunas para el intercambio de bienes y servicios de producción
socialista y experiencias obtenidas.
·
Presentar la rendición de la memoria y cuenta cuando esta le sea
requerida por la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas del Consejo Comunal.
·
Gestionar la implementación de programas para la
formación, asistencia técnica y actualización tecnológica de las organizaciones
socio-productivas.
·
Realizar un censo, para calificar la mano de obra de la
comunidad, nivel de empleo existente, nivel de economía informal, nivel de
negocios de artículo de primera necesidad, forma de producción, proyectos y
potencialidades con el objetivo de crear mecanismos viables que ayuden a
bajar el índice de desempleo dentro de la misma.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE ECONOMÌA COMUNAL
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social. (FONDEMI, MISIÓN CHE GUEVARA, INCES, SUNACOOP)
Ministerio del Poder Popular para la Industrias Ligeras y Comercio.
Fondo de Desarrollo Micro financiero. (FONCREI).
Ministerio del Poder Popular para LA Agricultura y Tierra. (CIARA. FONDOENDOGENO).
Banco de la Mujer.
Ministerio del Poder Popular para La Secretaria de la Presidencia.
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social. (FONDEMI, MISIÓN CHE GUEVARA, INCES, SUNACOOP)
Ministerio del Poder Popular para la Industrias Ligeras y Comercio.
Fondo de Desarrollo Micro financiero. (FONCREI).
Ministerio del Poder Popular para LA Agricultura y Tierra. (CIARA. FONDOENDOGENO).
Banco de la Mujer.
Ministerio del Poder Popular para La Secretaria de la Presidencia.
6.
COMITÉ
DE ALIMENTACIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR:
El vocero o vocera del área será el encargad@ de la aplicación, divulgación y conocimiento de la Ley Contra el Acaparamiento y la Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, permitiendo así que todas las ciudadanas y ciudadanos, productoras y productores, industriales, comerciantes, funcionarias y funcionarios públicos y, en fin todos los actores en la cadena agroalimentaria, conozcan sus derechos y deberes en esta materia.
El vocero o vocera del área será el encargad@ de la aplicación, divulgación y conocimiento de la Ley Contra el Acaparamiento y la Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, permitiendo así que todas las ciudadanas y ciudadanos, productoras y productores, industriales, comerciantes, funcionarias y funcionarios públicos y, en fin todos los actores en la cadena agroalimentaria, conozcan sus derechos y deberes en esta materia.
·
Promover la educación alimentaria, con el objeto de desarrollar
en las ciudadanas y los ciudadanos una cultura que les permita identificar sus
problemas nutricionales, las causas que los originan, con el fin de mejorar el
estado nutricional personal, familiar y comunitario.
·
Garantizar a las ciudadanas y los ciudadanos el acceso oportuno
a alimentos de calidad, en cantidad suficiente, con preferencia de aquellos
producidos en el país, sobre la base de las condiciones especiales propias de
la geografía, el clima, la tradición, cultura y organización social venezolana.
·
Fomentar la producción primordialmente en base a la satisfacción
de las necesidades nutricionales alimentarias.
·
Promover, los cambios en los hábitos y patrones de alimentación
de la población, con problemas de desnutrición. Esto, conjuntamente con las
actividades de formación y capacitación y el fomento de la cultura alimentaria.
·
Ejercer la vigilancia, regulación y control social sobre las
actividades, servicios y funciones que faciliten el proceso de intercambio y
distribución de productos agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícola y forestal.
·
Facilitar las gestiones de concesiones, financiamientos,
actividades, medidas e inversiones, en especial los que provengan de personas
de carácter social o colectivo, como medios de producción social en el área
agroalimentaria.
·
Fiscalizar, vigilar el precio y la calidad de los productos,
comprobar el abastecimiento, investigar cualquier queja relacionada con los
delitos tipificados en la Ley, como el acaparamiento, especulación, actuación
fraudulenta, contrabando de extracción y boicot.
·
Promover y realizar jornadas y acciones de información y
capacitación.
·
Coordinar y presentar el plan para la creación de los comedores
populares de alimentación.
·
Coordinar con el comité de salud la vigilancia y control de la
nutrición de los niños, niña y adolescente, personas de tercera edad, y
personas con más necesidad para que estos sean atendidos por los programas
sociales de nutrición que tiene el Estado Revolucionario.
INSTITUCIONES
GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE ALIMENTACIÓN Y DEFENSA
DEL CONSUMIDOR:
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para La Alimentación.
CASA
MERCAL
FUNDAPROAL
SADA
PDVAL
Ministerio del Poder Popular para la Salud
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Instituto Nacional de Nutrición.
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierra.
Sistema Integral de Control Agroalimentario (SICA).
Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los bienes y Servicios (INDEPABIS).
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Comedores Populares
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para La Alimentación.
CASA
MERCAL
FUNDAPROAL
SADA
PDVAL
Ministerio del Poder Popular para la Salud
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Instituto Nacional de Nutrición.
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierra.
Sistema Integral de Control Agroalimentario (SICA).
Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los bienes y Servicios (INDEPABIS).
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Comedores Populares
·
Asegurar
el acceso pleno a la cultura (fiestas tradicionales, música, danza, teatro,
títeres, artes plásticas, artesanía, literatura tradicional y contemporánea,
narración oral escénica, etc.
·
Fomentar
la Cultura Popular en las instituciones de educación, misiones, OCB, etc.
·
Incorporar
a la comunidad a las actividades y organizaciones culturales promovidas por las
instituciones públicas y privadas, al igual que al fortalecimiento y
consolidación de la Misión Cultura.
·
Integrar
las culturas de cada región a un espacio donde todos demos a conocer nuestra
idiosincrasia y tradiciones de cualquier lugar del país o fuera de el, siempre
que contenga un valor cultural popular.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE EDUCACIÓN, CULTURA Y FORMACIÓN CIUDADANA.
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista (INCES)
Ministerio del Poder Popular para la Cultura
Consejo Nacional de la Cultura (CONAC)
Casa de la Cultura.
Grupo de Artesanos.
Grupos de Teatro.
Cines y Medios Audiovisuales.
Emisoras comunitarias.
Canales comunitarios.
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista (INCES)
Ministerio del Poder Popular para la Cultura
Consejo Nacional de la Cultura (CONAC)
Casa de la Cultura.
Grupo de Artesanos.
Grupos de Teatro.
Cines y Medios Audiovisuales.
Emisoras comunitarias.
Canales comunitarios.
8. COMITÉ DE SEGURIDAD INTEGRAL.
·
Promover
y asegurar una justicia de paz.
·
Garantizar
Seguridad ciudadana permanente.
·
Capacitar
a la comunidad Protección civil ante desastres naturales.
·
Preparar
y concientizar al pueblo en la Defensa popular de la Revolución Bolivariana.
·
Integración
pueblo-fuerza armada nacional y organización de los reservistas y guardias
nacionales a nivel de la comunidad.
·
Promover
en la adolescencia y juventud el sentimiento patriótico y nacional del servicio
militar para la defensa del país y su posterior incorporación a la guardia
territorial.
·
En este
sentido debe identificar y controlar factores de riesgo en cuanto a conflictos
vecinales, delincuencia, tráfico y consumo de drogas, accidentes naturales
(inundaciones, deslizamientos de terrenos, micro-zonificación sísmica, etc.),
sabotaje, desestabilización golpista, terrorismo y agresión extranjera.
9. COMITÉ DE RECREACIÓN Y DEPORTES.
·
Universalización
del deporte y la recreación al alcance de las mayorías.
·
Promover
programas de desarrollo integral deportivo en niños, niñas, adolescentes,
adultos y 3era edad.
·
Proponer
a la comunidad Normativas de uso de los espacios deportivos y recreativos, que
conlleven a una distribución equitativa y colectiva del tiempo de uso,
responsabilidades, comisiones de funcionamiento y mantenimiento.
·
Captar a
través de las actividades recreativas los talentos deportivos.
·
Promocionar y u organizar coordinadamente con los organismos
competentes y el Consejo Comunal, la realización de eventos recreativos para
los integrantes de la comunidad, en áreas tales como: excursiones, montañismo,
planes vacacionales, campamentos, juegos (de mesa y tradicionales), encuentros,
descanso pasivo, fiestas bailables, canto, pintura, visitas a sitios de interés
histórico, cultural y arqueológico.
·
Ejecutar programas y proyectos de mejoramiento, ampliación,
dotación y construcción de edificaciones deportivas, tales como canchas,
campos, gimnasios, piscinas y otros.
·
Hacer seguimiento a los proyectos introducidos en las fuentes
financiadoras y esperar las aprobaciones.
·
Llevar el control y seguimiento del cumplimiento de lo
planificado estipulado en los proyectos.
·
Llevar el control de los gastos apegados a los mecanismos de
rendición de cuenta establecidos por los entes financiadores.
·
Realizar torneos y encuentros deportivos y captar a través de
las actividades los talentos deportivos.
·
Articular con los demás voceros o comités de áreas afines, las
actividades de manera de unificar esfuerzos y recursos.
·
Gestionar ante los organismos competentes la realización de
cursos, charlas para la capacitación de los integrantes de la comunidad,
disciplinas deportivas que puedan practicarse fácilmente en la zona, en áreas
tales como: futbolito, voleibol, fútbol, ciclismo, natación, atletismo.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE RECREACIÓN Y DEPORTE
Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
Instituto Nacional de Parques (INPARQUES).
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.
Fundación de Educación Ambiental (FUNDAMBIENTE).
Asociación SCOUTS de Venezuela y Guías Scouts.
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
Venetur
Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
Instituto Nacional de Parques (INPARQUES).
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.
Fundación de Educación Ambiental (FUNDAMBIENTE).
Asociación SCOUTS de Venezuela y Guías Scouts.
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
Venetur
10. MESA TÉCNICA DE AGUA.
·
Una Mesa
Técnica de Agua no es otra cosa sino la respuesta ciudadana a cualquier
problema de acceso al vital alimento, por tanto su responsabilidad es lograr
dotar a la comunidad los elementos necesarios al logro de un derecho vital de
vida: el agua.
·
La
realización del plano o croquis de la comunidad, identificando el sistema de
tuberías de aguas blancas y servidas. El plano que la comunidad aporta es un
plano vivo, un plano hablado, un plano con una leyenda mucho más profunda en el
cual está incorporada una grandísima cantidad de información.
·
Realizar un diagnóstico sobre las necesidades de la Comunidad en
relación al servicio de agua potable aguas servidas y sistema hídrico que pueda
haber dentro de su espacio.
·
Establecer mesas de trabajos que lleven a la elaboración de
Proyectos Comunitarios para mejorar el sistema de agua potable, agua servida y
rescate del programa hídrico comunitario.
·
Orientar la participación de la comunidad en general y de los
suscriptores y usuarios en particular, en el desarrollo y en la supervisión de
la prestación de los servicios.
·
Divulgar información sobre aspectos relativos a la prestación de
los servicios y en particular sobre los derechos y obligaciones de los
suscriptores.
·
Participar en la Mesa Técnica Parroquial y programar con la
Oficina Nacional para el Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y de
Saneamiento (ONDESAPS), los Programas y proyectos a ser ejecutados dentro de su
comunidad.
·
Promover la investigación a fin de desarrollar tecnologías
apropiadas y acordes con las características y modalidades de gestión de los
servicios a aplicar dentro de su comunidad.
·
Promover un sistema de rescate y saneamiento de las cuencas,
ríos y lagos de agua potable, donde esta lo hubiera Conjuntamente con el comité
de Medios Alternativos Comunitarios.
·
Diseñar e implementar un sistema de información del valor
que tiene los sistemas hidricos en nuestra nación, así como el
racionamiento que se debe implementar dentro de las comunidades.
·
Conocer y tratar sobre aspectos relativos al sistema tarifario y
modificaciones o ajustes de las tarifas en los servicios de agua potable, donde
este lo requiera.
·
Interactuar entre los Consejos Comunales Adyacente y las Comunas
en Construcción para implementar y desarrollar la potencialidades y capacidades
de la comunidad en el sistema de recuperación de del ecosistema-hídrico.
·
Todas aquellas que le sean otorgadas por el Consejo Comunal y
la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y
Saneamiento.
11. MESA TÉCNICA DE ENERGÍA Y GAS.
·
Realizar
el diagnóstico participativo.
·
Elaborar
el Plan de Acción de la comunidad.
·
Diseñar
el proyecto de servicio energético (Electricidad o Gas).
·
Desarrollar
jornadas sobre el uso racional y eficiente de la energía.
·
Articular
con las diferentes instancias de gobierno (Alcaldías, Juntas Parroquiales,
CLPP), y demás organismos involucrados en el suministro de los servicios.
·
Participar
en la organización de una red de inteligencia social en defensa de los
servicios energéticos.
·
Informar
periódicamente a la comunidad sobre las actividades realizadas.
·
Articular
relaciones de trabajo entre las diferentes Mesas de Energía existentes en su
jurisdicción.
12. COMITÉ DE
MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS
·
Crear medios de
comunicación alternativos con los habitantes de la comunidad como: El Periódico
Comunal, Cayapa Permanente, Radio Comunitaria, Radio Parlante, Blog de la
Comuna.
·
Propiciar el desarrollo de las
asambleas de ciudadanos y ciudadanas con el fin de informar y dar a conocer los
logros del Consejo Comunal.
·
Organizar en coordinación con
los organismos del Estado tales como: cinematecas, bibliotecas públicas, salón
de lectura, presentación de películas, foros, talleres y discusión de temas
informativos en el ámbito nacional e internacional.
·
Elaboración del plan de las
actividades tomando en cuenta la agitación dentro de las comunidades; y la
participación de los consejos comunales y otras organizaciones sociales
que hacen vida en el sector.
·
Fomentar la utilización de los
medios de comunicación alternativos como instrumento de formación.
·
Fortalecer los medios de
comunicación del Estado y democratizar sus espacios de comunicación.
·
Establecer como obligatorio la
utilización de códigos especiales de comunicación para las personas con
discapacidad.
·
Consolidar, con los demás
medios alternativos, un sistema red para combatir la desinformación.
·
Establecer contacto con los
Ministerios correspondiente, para facilitar el acceso a la educación
universitaria en el área de telecomunicaciones.
·
Crear círculos de luchas
populares y del buen vivir que permitan establecer instrumentos para organizar
y movilizar a las comunidades en torno a problemas específicos, en la búsqueda
de soluciones colectivas.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Defensoría del Pueblo
Ministerio del Poder Popular la Educación
Ministerio del Poder Popular la Educación Superior
Ministerio del Poder Popular Para La Seguridad y Defensa
Ministerio del Poder Popular Para la Ciencia y Tecnología
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Defensoría del Pueblo
Ministerio del Poder Popular la Educación
Ministerio del Poder Popular la Educación Superior
Ministerio del Poder Popular Para La Seguridad y Defensa
Ministerio del Poder Popular Para la Ciencia y Tecnología
13.
COMITÉ DE FAMILIA E IGUALDAD DE GÉNERO
·
Levantar un censo y elaborar el
diagnóstico de la situación de las familias y personas en situación de riesgo,
que ameriten asistencia con los programas sociales.
·
El vocero del área será el
encargado de la divulgación y conocimiento de las leyes y reglamentos,
referidos a la materia, especialmente la Ley de Protección de la Familia,
Maternidad y Paternidad y la Ley de Régimen Prestaciones de Servicios Sociales
al Adulto Mayor.
·
Elaborar el plan de acción,
para la atención integral de las familias que se encuentra bajo alguna
circunstancia de vulnerabilidad.
·
Elaborar una data
sistematizada, sobre instituciones públicas y privadas, que atiendan los casos
señalados y generar mecanismos de articulación y cooperación institucional.
·
Fomentar el interés de la
comunidad, la familia y las organizaciones sociales, en la protección de los
adultos y adultas mayores e indigentes.
·
Promover y fortalecer la
participación comunitaria y cooperación de los entes públicos y privados, a
través de la conformación de Centros de Servicios Sociales, Redes de Servicios
Sociales y voluntariado, para apoyar la ejecución de acciones en beneficio de
la familia y personas en situación de riesgo.
·
Promover la incorporación de
personas adultas mayores y/o con discapacidad como instructores o
facilitadores, en programas dirigidos a la alfabetización, capacitación
laboral, difusión de la cultura, entre otras.
·
Promover la realización de
asambleas informativas donde den a conocer los logros, en esta materia.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL
COMITÉ DE FAMILIA E IGUALDAD DE GÉNERO
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Negra Hipólita
IDENA
INASS
Misión José Gregorio Hernández
Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género.
Madres del Barrio
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
Defensoría del Pueblo.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL
COMITÉ DE FAMILIA E IGUALDAD DE GÉNERO
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
Negra Hipólita
IDENA
INASS
Misión José Gregorio Hernández
Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género.
Madres del Barrio
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
Defensoría del Pueblo.
14. FUNCIONES
DEL COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
·
Caracterizar la información en
sistema de datas de adolescentes embarazadas, personas con discapacidad,
enfermedades terminales, adultos mayores abandonados/as o en condiciones de
pobreza extrema, personas fármaco- dependientes, niños y niñas no escolarizados
en su comunidad.
·
Elaborar un plan de acción para
la atención integral de los Niños Niñas y Adolescentes de su comunidad, debe
contemplar la actuación integral, complementaria con las distintas misiones
sociales que se están desarrollando en el campo de “salud, educación,
producción-empleo en el caso de los adolescentes, deporte, cultura”, así mismo,
diseñar y/o buscar apoyo técnico para la elaboración de proyectos de atención
integral y preventivo de las personas en situación de pobreza extrema, previa
elaboración del diagnóstico participativo el cual debe estar aprobado por la
comunidad.
·
Sistematizar la información que
tengan de las casas de alimentación en las comunidades donde existan y realizar
evaluación de la condición socioeconómica, familiar, laboral, y educacional de
los comensales.
·
Conocer las iniciativas
comunitarias e individuales que ayuden a la población más vulnerable de la
comunidad, susceptible de ser lastimado o herido ya sea física o moralmente y
que se encuentran en situación de alto riesgo.
·
Elaborar un mapa de Misiones,
instituciones públicas que atienden a la población más vulnerable para
generar mecanismos de articulación y cooperación institucional.
·
Participar activamente en el
Plan de Formación para los integrantes de los Comité de Organización de
Protección e Igualdad Social (COPIS), desarrollados por el Ministerio del Poder
Popular para las Comunas y Protección Social.
·
Realizar actividades de
carácter preventivo en la comunidad, (charlas informativas o talleres de de
embarazo precoz, sustancias psicotrópicas, entre otras).
·
Realizar seguimiento y
evaluación al plan de acción para resolver situaciones extremas.
·
Suministrar indicadores
generales vinculados al ámbito de la pobreza y su multidimensionalidad.
·
En los conflictos que excedan
las competencias del comité de Protección Social de Niños, Niñas y Adolecentes,
remitirá al Consejo de Protección los datos registrado dentro del Consejo
Comunal y la Comunidad.
·
Impulsar la creación de mesas
de trabajos integrales con los diferentes organismos del Estado, en aras
de implementar los programas sociales dentro de la comunidad y comunidades
adyacentes, que ayuden a luchar contra la exclusión discriminación de las
personas en estado de vulnerabilidad.
·
Impulsar programas deportivos,
culturales y recreativos que ayuden al desarrollo vigoroso de los Niños, Niñas
y Adolecentes de sus comunidades y comunidades adyacentes.
·
Todas aquellas que de sean
atribuidas por la Ley de Procedimientos Especiales en materia de Protección
Familiar de Niños, Niñas y Adolecentes.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social. (IDENA, MISIÓN NEGRA HIPOLITA, MISIÓN JOSE GREGORIO HERNANDEZ).
Defensoría del Pueblo.
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
Instituto Autónomo de Consejo Nacional de Derecho de Niños, Niñas y Adolecentes.
Despacho de la Presidencia de la República
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Ministerio del Poder Popular para la Cultura.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social. (IDENA, MISIÓN NEGRA HIPOLITA, MISIÓN JOSE GREGORIO HERNANDEZ).
Defensoría del Pueblo.
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
Instituto Autónomo de Consejo Nacional de Derecho de Niños, Niñas y Adolecentes.
Despacho de la Presidencia de la República
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Ministerio del Poder Popular para la Cultura.
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